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Caen los importes recuperados en concurso de acreedores

Un 53% de los expertos en procedimientos concursales del Registro de Auditores Judiciales (RAJ), del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, manifiesta que los importes recuperados en créditos ordinarios están cayendo. De ellos un 22% considera que significativamente, mientras que un 31% adicional también cree que hay caída, pero en menor medida.

Así se muestra en el panel de expertos del RAJ, compuesto por auditores especializados en los procesos concursales, en el que se aportan los datos de una encuesta de coyuntura sobre la evolución de estos procesos concursales que afectan a nuestro país, realizada entre los meses de julio y septiembre de 2019.

Se ha dado una cierta vuelta a la situación puesto que en 2018, un 25% veía una caída significativa de los importes pagados en los créditos ordinarios y un 28% percibía una caída ligera. Frente a estos datos, un 41% (38% en 2018) observa un nivel estable de recobro. En definitiva, un pobre 6% cree que existe una recuperación mayor de importes de créditos originarios, cifra inferior a la del año anterior (9%).

Las cifras recuperadas por las autoridades tributarias y de la Seguridad Social presentan números más favorables, debido a su mejor posición de recobro en términos relativos. De hecho, un 53% en 2019, con un amplio incremento respecto del 32% del año anterior, cree que estarían aumentando. Un 28% estima que la situación está estabilizada y un 19,3%  ve una evolución negativa también en este tipo de recuperaciones.

Respecto del total de importes recuperados a los deudores por parte de las concursadas, una amplia mayoría ve estable esta cantidad (63%) mientras que un 31% ve ligeras caídas. En el año anterior, un 56% advertía caídas en estas recuperaciones.

Entrada tardía en concurso

Los expertos consultados coinciden en que las empresas entran muy tarde en los concursos de acreedores, muy pocas consiguen volver a posiciones de viabilidad y casi siempre terminan en liquidación. Cerca del 90% de los concursos de acreedores termina en liquidación, cifra que mejora muy ligeramente respecto al 2018.

Muchos de los encuestados creen que existe un deterioro en la tramitación de los procesos concursales, especialmente en el cumplimiento de plazos, por lo que se alargan más de lo debido.

Existe consenso en que la normativa vigente adolece de transparencia, dificulta la reducción y la agilización de la duración de los procesos concursales, está incompleta, ya que la aprobación del estatuto del administrador concursal sigue sin avanzar, y dificulta enormemente la venta de activos que son salvables.

Evolución negativa de los plazos

La evolución de los plazos desde la solicitud a la declaración, que según la normativa deberían ser muy breves, presenta plazos mayores, y de hecho la evolución se considera preocupante. En 2018, un 24% percibía que los plazos se estaban alargando, pero ahora comparte esa idea nada menos que el 52% de los encuestados. En 2018 un 43% de los cuestionarios veían un mantenimiento de plazos, pero este porcentaje ha caído hasta un 31%. El pasado año, un 33% veía una ligera mejoría, ahora tan solo creen eso un 16%.

Lo mismo estaría sucediendo con los plazos para la liquidación de empresas concursadas en las que se llega a ese proceso. El 44% estima que los plazos crecen, frente al 38% que piensa que caen ligeramente. Estos plazos eran mejor vistos en el año anterior. Lo anterior implica mayores dificultades para el resto de las empresas puesto que no solo hay dificultades crecientes de cobro parcial a la concursada, sino que el mismo se dilata más en el tiempo.

Por otro lado, ha disminuido el ritmo de cierre de los concursos y aumentaría el número de procesos concursales en los que la masa activa es claramente insuficiente.

Ley de Segunda Oportunidad

El estudio ha incluido uno de los temas más actuales de la Ley Concursal, la conocida como Ley de Segunda Oportunidad. Cerca de un 43% de los casos de la Ley de Segunda Oportunidad concluye en exoneración de deudas concursales una vez liquidado el patrimonio activo del deudor. Este dato se extrae entre las respuestas obtenidas que concluyen que los encuestados intervienen en una media de 6,06 casos por experto, alcanzando la exoneración en torno a 2,59 de estos casos. En definitiva, la experiencia de los miembros del RAJ es que la ley estaría cumpliendo adecuadamente su función ya que casi uno de cada dos casos terminaría en exoneración.

Hay que recordar que la Ley de Segunda Oportunidad comprende un proceso administrativo mediante el cual las personas que están en situación de dificultades económicas puedan renegociar sus deudas actualizando las condiciones de pago de estas mediante alargamiento de plazos, reducción o condonación de intereses, e incluso de principal. Para acogerse a la Ley, los interesados deben cumplir una serie de requisitos, por lo que es un proceso especialmente interesante para autónomos o particulares en una situación deudora a la que no le ven salida.

Esta Ley incluye la exoneración de deudas concursales una vez liquidado el patrimonio activo del deudor, bien por liquidación, bien por insuficiencia de masa activa, tras una solicitud que el mismo tramitará ante el juez que se haya encargado de su concurso. Los créditos contra la masa o los créditos concursales privilegiados habrán sido cancelados previamente o previsto su pago en un plazo máximo de cinco años.

Efectos sobre el empleo

Un 53% de los miembros del RAJ consultados ve mejoras en los concursos actuales porque tienen un menor efecto sobre el número de EREs planteados respecto de los momentos más complicados de la crisis y un 19% de ellos cree que las mejoras son evidentes.

Otro 31% estima que la situación está estabilizada y el número de EREs es similar al año anterior, y el 15% restante ve mejoras en materia de trabajadores afectados por los concursos. El número de días pagados por indemnizaciones se estaría manteniendo estable, según un 66% de las respuestas, mientras que un 31% ve una cierta disminución al respecto. Los parámetros en el año anterior eran peores, ya que solo el 47% veía estabilidad mientras que un 42% apreciaba disminución en los pagos al personal.

En términos de empleo, al ser las empresas más pequeñas, los afectados por los EREs en sociedades concursadas se encuentra estable respecto de épocas anteriores. Los días pagados a los trabajadores permanecen también estables mientras que el FOGASA estaría acortando los plazos de tramitación de los salarios pendientes.

Por último, en lo relativo a trabajadores, un tercio estima que el FOGASA continuaría manteniendo un período de pago similar al de otros años, mientras que un 62% estima que se reduce, de los que la mitad ven una gestión mucho más ágil. En el extremo contrario, un 9% cree que está aumentando ligeramente. En el año anterior, la reducción de plazos la veía solo un 45%.