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Ventajas de la inscripción del alquiler de una vivienda en el Registro de la Propiedad
Tradicionalmente en nuestro país ha existido una tendencia clara a la compra de vivienda, impulsada por una fiscalidad claramente favorable; sin embargo actualmente, por diversos motivos, se ha producido un fuerte incremento de la demanda de viviendas en alquiler.
El arrendamiento de vivienda, es uno de los actos que pueden inscribirse en el Registro de la Propiedad para mayor protección.
Las ventajas de su inscripción y por tanto la mayor protección del tráfico jurídico inmobiliario y de los derechos de las personas que intervienen en él alcanza tanto al inquilino como al propietario de la vivienda.
El arrendatario que inscribe su contrato de alquiler quedará protegido frente a posibles transmisiones de la finca por parte de su arrendador, puesto que el que adquiera la vivienda vendrá obligado a respetar el contrato de alquiler.
Dicho de otro modo, el comprador de una finca inscrita en el Registro de la Propiedad, alquilada como vivienda que reúna los requisitos exigidos por la Ley Hipotecaria sólo quedará subrogado en los derechos y obligaciones del arrendador si el alquiler se hallase inscrito.
Para poderse beneficiar de esas garantías los requisitos son muy sencillos. El primero es que la vivienda conste inscrita en el Registro a nombre del arrendador y que el contrato privado de alquiler se eleve a Escritura Pública o se formalice como Escritura Pública.
Asimismo en el contrato se describirá la finca con todos los datos sobre la población, calle, número y situación dentro del edificio, así como la superficie y linderos de la misma. Como en todo contrato, será preciso que figure de forma clara la identidad de los contratantes, la duración pactada, la renta inicial y todas las cláusulas que las partes hubieran acordado. Por último se necesita también que el contrato esté liquidado de impuesto.