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El préstamo titulizado familiar suma 766.000 millones

 

Los préstamos concedidos a hogares de la zona del euro ascendían al finalizar el cuarto trimestre de 2020 a un total de 766.000 millones de euros, mientras que las operaciones financieras netas se cifraron en 6.000 millones de euros durante ese mismo trimestre, según los datos estadísticos del Banco Central Europeo. Los préstamos a sociedades no financieras de la zona sumaron 362.000 millones de euros, con unas operaciones financieras netas por importe de 16.000 millones de euros.

En el cuarto trimestre de 2020, el saldo vivo de valores representativos de deuda emitidos por las sociedades instrumentales dedicadas a operaciones de titulización de la zona del euro se incrementó hasta situarse en 1,589 billones de euros, frente a los 1,542 billones de euros registrados en el trimestre anterior.

La titulización se define como un proceso mediante el cual derechos de crédito, actuales o futuros, de una entidad son agregados, y tras la modificación de algunas de sus características, se enajenan a los inversores en forma de valores negociables. Los activos objeto de la titulización pueden ser de múltiples clases, aunque ha destacado y sigue teniendo presencia actualmente, los que se refieren a las hipotecas.

En España, las titulizaciones se encuentran reguladas en la Ley 19/1992, de 7 de julio, donde solo estaba permitida a los activos del mercado hipotecario; y el Real Decreto 926/1998, de 14 de mayo, por el que se amplió a otros tipos de activos.

El procedimiento de la titulización de activos se lleva a cabo mediante la creación de una entidad intermedia a la que se le ceden los activos que, posteriormente, son colocados entre los inversores. Esta entidad intermedia canaliza los flujos de activos, los préstamos hipotecarios, hacia los nuevos títulos que se emitirán en el mercado a través de un proceso de agregación y transformación.

Esta empresa intermedia se instrumenta jurídicamente mediante un Fondo de Titulización, que permite la transformación de los activos en productos susceptibles de negociación en el mercado. La gestión y la administración del Fondo de Titulización se encomienda a una sociedad gestora.

La finalidad de estas sociedades se dirige a realizar una o más operaciones de titulización y su estructura está concebida para aislar las obligaciones de pago de la empresa de las del originador o la empresa de seguro o reaseguro, de una parte, y de otra, emite valores representativos de deuda, otros instrumentos de deuda, participaciones en fondos de titulización o derivados financieros y tiene o puede tener jurídica o económicamente activos subyacentes a la emisión de instrumentos de financiación que se ofrezcan para su venta al público o se vendan sobre la base de inversiones privadas.

Las emisiones netas de valores representativos de deuda por las sociedades instrumentales en el cuarto trimestre de 2020 ascendieron a 50.000 millones de euros y las adquisiciones de préstamos titulizados por parte de las sociedades instrumentales dedicadas a operaciones de titulización se cifraron en 24.000 millones de euros en el cuarto trimestre de 2020, mientras que los saldos vivos ascendieron a 1,272 billones de euros.

Entre los otros activos de las sociedades instrumentales dedicadas a operaciones de titulización de la zona del euro, los depósitos y préstamos ascendían a 171.000 millones de euros al final del cuarto trimestre de 2020, principalmente activos frente a las instituciones financieras monetarias (IFM) de la zona del euro (96.000 millones de euros). También se registraron operaciones financieras netas con depósitos y préstamos por importe de 7.000 millones de euros durante el trimestre.

Bajo el epígrafe de institución financiera monetaria (IFM) se incluye a los bancos centrales, sociedades de depósitos de entidades de crédito, intermediarios financieros, entidades de dinero electrónico dedicadas principalmente a la intermediación financiera en forma de emisión de dinero electrónico, etc.

Una sociedad instrumental es una empresa que está constituida con arreglo a la legislación nacional correspondiente o de la Unión conforme al derecho de obligaciones, como un fondo común gestionado por una sociedad de gestión; el derecho fiduciario; el derecho de sociedades, como una sociedad anónima o de responsabilidad limitada.

La titulización alcanzó una considerable importancia como instrumento de financiación durante los años previos a la crisis a nivel global. España no fue una excepción. En 2006, las emisiones de titulización supusieron el 49% de las emisiones de renta fija a largo plazo realizadas por empresas o instituciones financieras españolas y registradas en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante, CNMV).

Su importancia en el mercado primario español siguió siendo considerable una vez iniciada la crisis. Así, en el año 2008, estas emisiones supusieron el 82% de las emisiones brutas registradas en la CNMV y, en conjunto, entre 2008 y 2012, el 42%. De acuerdo con las estadísticas oficiales, desde 2009, la titulización ha perdido importancia entre las entidades financieras españolas en favor de otras formas de financiación, como las cédulas hipotecarias.

El Reglamento de titulizaciones establece las normas aplicables a todas las operaciones de titulización y crea un marco para la titulización simple, transparente y normalizada. Dicho Reglamento refuerza la armonización y la transparencia del mercado de titulizaciones, así como los esfuerzos —iniciados en 2013 con la puesta en marcha de la iniciativa de información individualizada sobre préstamos— por promover un mayor grado de transparencia en el mercado de bonos de titulización de activos (ABS, por sus siglas en inglés).