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Documentos necesarios para inscribir una donación en el registro

La donación es un negocio jurídico por el que se transmite la propiedad de un bien a título gratuito. Según el artículo 618 del Código Civil, «es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra que la acepta.”

Para que sea válida la donación de un bien inmueble ha de hacerse en escritura pública, expresándose en ella individualmente los bienes donados y el valor de las cargas que deba satisfacer el donatario, según el artículo 633 del Código Civil.

Por ello, el primer documento que será necesario aportar para la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente es este documento notarial de donación otorgado ante notario por el donante y en el que conste o al que se acompañe después la preceptiva aceptación por parte del donatario, (es decir, de quien vaya a recibir el bien). Se tendrán que cumplir, además,  los requisitos de capacidad y contenido exigidos por la ley.

A la hora de solicitar la inscripción también habrá que acreditar la liquidación y pago, en su caso, del Impuesto de Donaciones, así como  en el supuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana , por ejemplo una vivienda, del  Impuesto sobre el Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (la llamada plusvalía municipal).

Es importante recordar que en el caso de una donación, como en el de una compraventa, el plazo para presentar la declaración o autoliquidación para el pago de los impuestos preceptivos es, con caracter general, de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura, aunque en algunas comunidades autónomas el plazo es de un mes.

Indicar como especialidad que si la aceptación por el donatario se otorga con posterioridad al acto de la donación, deberá acreditarse que la misma se ha realizado en vida del donante.