Eduki publikatzailea
La inteligencia artificial más allá del Derecho: un debate que ya no admite aplazamientos
Los días 25 y 26 de septiembre se celebró en Madrid el congreso “AI, Other Disruptive Technologies and the Law”, organizado por el Colegio de Registradores de España junto con el European Law Institute (Spanish Hub) y la European Land Registry Association (ELRA). La convocatoria reunió a juristas, académicos, registradores, jueces, expertos internacionales en tecnología y representantes institucionales, consolidándose como un foro de referencia para analizar el impacto jurídico de la IA desde una perspectiva comparada y europea.
El carácter multidisciplinar del congreso permitió abordar la cuestión desde numerosos ángulos: la justicia, el registro, la administración pública, la ética, la responsabilidad civil, la propiedad intelectual, los datos sanitarios, el metaverso y las tecnologías emergentes. No se trató de una reflexión académica desconectada, sino de un debate realista y técnico sobre cómo el Derecho debe responder a un fenómeno que ya está transformando servicios públicos, profesiones jurídicas, relaciones contractuales y derechos fundamentales.
Una de las constataciones más firmes del congreso fue que la Unión Europea es, a día de hoy, el único espacio político e institucional que está construyendo un marco jurídico integral para la inteligencia artificial. Mientras en el resto del mundo predominan fórmulas parciales, autorregulación privada, o simples declaraciones de principios éticos, Bruselas ha levantado con la ley de inteligencia artificial (AI Act) y su normativa sobre datos y seguridad digital una arquitectura que aspira a ser vinculante. Ese liderazgo normativo sitúa a Europa en una posición única: regula en solitario una tecnología cuyo desarrollo trasciende fronteras.
Sin embargo, esa centralidad legislativa encierra una paradoja: está creando reglas para un entorno global que no sigue el mismo camino. ¿Puede una regulación europea proteger derechos cuando gran parte del mundo deja la gobernanza de la IA en manos del propio desarrollo tecnológico?
El congreso insistió en que esta centralidad europea resulta clave para garantizar derechos en un entorno dominado por sistemas automatizados que escapan fácilmente a los límites nacionales. Frente a modelos más laxos o basados únicamente en la autorregulación tecnológica, la estrategia europea apuesta por combinar innovación con garantías jurídicas, preservando principios básicos del Estado de Derecho.
Otro aspecto subrayado por los ponentes fue el dinamismo permanente de la materia. La inteligencia artificial evoluciona a una velocidad que el Derecho no había tenido que afrontar hasta ahora. Lo que hoy se considera puntero puede quedar obsoleto en cuestión de meses, y los operadores jurídicos deben convivir con normativas que nacen cuando las tecnologías ya han cambiado de forma. Este desfase obliga a revisar categorías jurídicas tradicionales y a introducir conceptos nuevos en campos como la responsabilidad, la prueba documental, la función pública o los servicios jurídicos.
La profesión jurídica, incluida la registral, se enfrenta así a un doble reto: actualizarse técnicamente y reinterpretar sus funciones sin perder las garantías que caracterizan su actuación. El congreso evidenció la necesidad de formación específica, cooperación institucional y adaptación paulatina de los sistemas públicos para que la inteligencia artificial sea una herramienta útil y no una fuente de inseguridad.
Uno de los debates más complejos fue el de la responsabilidad y las lagunas jurídicas que deja la implementación de estos sistemas. La llamada “caja negra” de muchos algoritmos dificulta saber quién responde ante un fallo, una discriminación, una decisión automatizada errónea o un daño económico. ¿Debe atribuirse responsabilidad al programador, al proveedor del sistema, al usuario que lo aplica o a la entidad pública que lo incorpora a sus procesos? Esta cuestión atraviesa sectores esenciales como la justicia, la sanidad, el urbanismo o el registro jurídico. En relación a este último, los ponentes pusieron de relieve que los algoritmos deberían acceder a una registro jurídico de forma que, cualquier persona con interés legítimo, pudiera acceder a él.
Desde el ámbito jurídico-institucional, varias intervenciones hicieron hincapié en que la inteligencia artificial no puede abordarse desde esquemas tradicionales. La seguridad jurídica, entendida no como un concepto abstracto, sino como garantía efectiva para ciudadanos, operadores económicos y administraciones, exige anticipación y criterios sólidos. Esto no implica incorporar la tecnología sin reservas, sino delimitar hasta qué punto puede integrarse en funciones públicas sin deteriorar principios esenciales como la legalidad, la publicidad formal o la certeza de los actos jurídicos.
El congreso también alertó sobre riesgos ligados a la inteligencia artificial generativa, el uso delictivo de estas tecnologías, los sesgos automatizados o la difusión de contenidos falsos. Aunque el Reglamento europeo pretende ofrecer un marco común, todavía existen vacíos interpretativos que deberán completarse con legislación nacional, jurisprudencia y criterios técnicos compartidos.
Si bien el enfoque predominante del congreso fue jurídico e institucional, también quedó patente que estas cuestiones tienen una dimensión ciudadana ineludible. La IA afecta a quien solicita una hipoteca, litiga ante un tribunal, firma un contrato, recibe asistencia sanitaria o interactúa con la Administración pública. La protección de datos, la transparencia de los algoritmos y la capacidad de impugnación de decisiones automatizadas no son abstracciones: son garantías que deben preservarse para que la tecnología no sustituya a la persona ni diluya responsabilidades.
El congreso no presentó soluciones cerradas ni pretendió ofrecer respuestas definitivas. Lo más significativo fue la coincidencia en tres ideas: la regulación vinculante está naciendo en Europa, la materia evoluciona más rápido de lo que los marcos legales pueden absorber y los problemas de responsabilidad no pueden resolverse con categorías diseñadas para realidades distintas. A partir de ahí, el debate no consiste en anticipar escenarios hipotéticos, sino en adaptar instituciones, profesiones y herramientas jurídicas sin renunciar a los principios que las sustentan y, entre ellos, la seguridad jurídica tiene un papel primordial.
Marta González Barragán
Delegación de Bruselas del Colegio de Registradores