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La certificación energética en edificios. Las ineficiencias al descubierto – Carlos Pesqué
El consumo energético de una vivienda se va a convertir en un parámetro de decisión clave a la hora de elegir una vivienda de alquiler, ya sea por la disminución de los recursos económicos de los arrendatarios en esta crisis interminable o por el incremento, igual de interminable de los costes de la energía. Parámetro importante sí, pero ¿los arrendatarios o compradores de viviendas tienen los conocimientos suficientes para poder evaluar cuán eficiente energéticamente es una vivienda?, ¿pueden prever si van a dejarse medio sueldo en las facturas de energía cada mes? Para ello deberían evaluar la orientación de la vivienda, la calidad de los cerramientos, el aislamiento de las ventanas, el rendimiento de la caldera…, y está claro que es muy improbable, más que nada porque pocos tendrán los conocimientos específicos para evaluar estos parámetros y aún menos las herramientas necesarias.
La Directiva Europea 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios obliga a expedir un certificado en esta materia para los edificios o unidades de estos, que se construyan, vendan o alquilen. En el pasado mes de Abril se publicó finalmente el nuevo Real Decreto en el que se trata la Certificación Energética de edificios existentes en España y que establecerá la obligatoriedad de poseer un certificado de eficiencia energética para las viviendas o locales comerciales, con ciertas excepciones que se dispongan en venta o alquiler a partir del día 1 de junio de 2013, certificado que deberá mostrarse en cualquier acción comercial de venta o alquiler y cuyo cumplimiento deberá ser vigilado por las comunidades autónomas.
Este certificado otorgará una calificación de la A (la más favorable) a la G (la más desfavorable), en función de la eficiencia energética de la vivienda o edificio. Para ello tendrá en cuenta varios parámetros como es la orientación, el emplazamiento, los cerramientos y huecos, los sistemas de climatización etc. Este certificado tendrá una validez de 10 años. Además, se deberán incluir algunas propuestas de mejora de la eficiencia energética del edificio/local/vivienda.
Estos certificados se realizarán mediante alguno de los programas informáticos que facilita libremente el Ministerio, los cuales, tras introducir los datos requeridos sobre el edificio, vivienda o local comercial a certificar, emitirán un informe sobre los resultados y la calificación energética otorgada. Estos informes ofrecen valores de consumo de energía y emisiones de CO2. Posiblemente, no habría estado de más introducir en los informes detalles referente a costes económicos, y no solo en kWh o Tn CO2, porque, ¿el ciudadano medio sabría determinar si una demanda de 1000 kWh/año es mucho o poco? Probablemente habría sido mucho más eficiente y valorable si hubieran tenido en cuenta a la hora de elegir la información a mostrar, el coste económico medio anual que supone la demanda energética calculada en esa vivienda o edificio para mantenerla dentro de la temperatura de confort, como así sucede en los certificados energéticos de otros países, como en Reino Unido. Asociar el consumo energético a la repercusión que este genera en nuestros bolsillos facilitaría la concienciación de los posibles compradores o arrendatarios a la hora de elegir su vivienda, haciendo de este documento una herramienta más útil como parámetro de decisión.
Esta certificación energética deberá ser la herramienta que destape la situación actual del parque de viviendas existente, parámetro que deberá tener un peso importante en la toma de decisión de alquilar o comprar una vivienda y no otra. Este certificado es un parámetro comparable que servirá a cualquier persona para conocer la calidad de la vivienda en cuanto a eficiencia energética.
La persona que compre una vivienda ineficiente desde el punto de vista energético, valorará la posibilidad de invertir en mejoras que en un plazo determinado va a recuperar, plazo cada vez más reducido de seguir estos incrementos del precio de la energía.
La cuestión está en las viviendas de alquiler, que es donde estos certificados tendrán una especial repercusión, dado que se da la situación que quien debe realizar la inversión no es la misma persona que habita la casa, sufriendo las consecuencias económicas del pago de las facturas energéticas. Y también las consecuencias físicas de habitar una vivienda mal climatizada la cual no puede mantener, en muchos casos, dentro de los rangos de temperatura recomendados por la Organización Mundial de la Salud, con las consecuencias que eso conlleva.
Debido a esta situación, muchos propietarios de viviendas en alquiler, no consideran importante invertir en mejorar la eficiencia de las viviendas que alquilan y eso ahora quedará al descubierto. Ahora las viviendas públicamente ineficientes competirán con viviendas con mejor calificación energética y quizá, esta calificación sirva a los arrendatarios para decantarse por una opción u otra.
¿Qué consecuencias podría tener esto? favorecer el alquiler de las viviendas eficientes, haciendo que los arrendadores de viviendas ineficientes se vean obligados a invertir en las viviendas que alquilan para mejorar esta calificación y así, poder competir en el mercado de alquiler con otras con mejor calificación energética por conseguir su ocupación.
Esto supondría un gran beneficio para los inquilinos, sobre todo para los de viviendas más baratas (normalmente son las más ineficientes), viéndose reducidas sus facturas energéticas y mejorado el confort térmico en la vivienda, con todos los beneficios para la salud que eso supone. Además, contribuiría a disminuir el índice de pobreza energética, problema cada vez más creciente en España, y que se refiere a la incapacidad de muchas familias de pagar una cantidad de energía suficiente para la satisfacción de sus necesidades domésticas y/o cuando se ve obligada a destinar una parte excesiva de sus ingresos a pagar la factura energética de su vivienda. A la espera de conocer las tasas que se asociarán a estos trabajos, la certificación energética no debería verse como un impuesto más a pagar, sino como una herramienta de decisión muy útil para los compradores y sobre todo, para los arrendatarios de viviendas.