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La mejoría económica permite a la banca pagar dividendo

 

El Banco Central Europeo (BCE) ha decidido recomendar a las  entidades de crédito significativas de la Eurozona que reinicien la aplicación de beneficios, como muy tarde, a partir del 30 de septiembre de 2021. Así, a partir del 1 de octubre las entidades bancarias podrán volver a remunerar a sus accionistas.

Hasta esta fecha seguirá vigente la recomendación de que las entidades no paguen dividendos ni realicen compras de acciones ni adopten otro tipo de medidas para remunerar en efectivo a sus accionistas, o, que limiten dicha remuneración por debajo del 15% del beneficio acumulado en 2019 y 2020, de manera que tampoco supere 20 puntos básicos de la ratio de capital ordinario. Además, hasta el 30 de septiembre, el Banco de España espera que no se distribuyan dividendos intermedios con cargo a los beneficios de 2021.

No obstante, en un comunicado de prensa, recomienda a las entidades mantener la prudencia en sus decisiones de distribución de dividendos y de recompra de acciones, tomando en especial consideración la sostenibilidad de sus modelos de negocio.

Y en la misma línea, reitera sus expectativas de que las entidades adopten un enfoque prudente y prospectivo en sus decisiones sobre políticas de remuneraciones.

En línea con esta decisión, incluida en la Recomendación ECB/2021/31, de 23 de julio de 2021, el Banco de España ha acordado, con esta misma fecha, no prorrogar su recomendación en materia de dividendos y remuneración variable, vigente hasta el 30 de septiembre, y extender las expectativas supervisoras del BCE a las entidades de crédito menos significativas que están bajo supervisión directa del Banco de España.

Las últimas proyecciones macroeconómicas del Eurosistema para el período 2021-2023 apuntan al inicio de la recuperación económica en el segundo trimestre, que se prolongaría durante la segunda parte del año y en el resto del horizonte de previsión.

Un cambio de perspectivas

El 27 de marzo de 2020, el Banco Central Europeo (BCE) adoptó la Recomendación BCE/2020/19 del Banco Central Europeo que recomendaba que, al menos hasta el 1 de octubre de 2020, no se pagasen dividendos y que las entidades de crédito no asumiesen ningún compromiso irrevocable de pago de beneficios y que se abstuviesen de recomprar acciones para remunerar a los accionistas. El 27 de julio 2020, el BCE prorrogó esta recomendación hasta el 1 de enero de 2021 mediante la adopción de la Recomendación BCE/2020/35 del Banco Central Europeo.

Incluso con la mejora de las condiciones macroeconómicas y la reducción de la incertidumbre económica debido a la pandemia de COVID-19, el nivel de incertidumbre seguía siendo elevado a finales de 2020, con un impacto continuo en la capacidad de los bancos para prever sus necesidades de capital a medio plazo. En vista de esta incertidumbre, el BCE adoptó la Recomendación BCE/2020/62 del Banco Central Europeo.

El Banco Central Europeo. deroga la Recomendación BCE/2020/35, pero recomienda extremar la prudencia cuando las entidades de crédito las entidades de crédito decidan o paguen dividendos o realicen recompras de acciones destinadas a remunerar a los accionistas.

 Las últimas proyecciones macroeconómicas indican el inicio de la recuperación económica y una mayor reducción del nivel de incertidumbre económica. En consecuencia, el BCE considera que las razones en que se basaba la Recomendación BCE/2020/62 ya no están presentes.

La reducción de la incertidumbre económica permite la evaluación supervisora exhaustiva de la prudencia de los planes de los bancos para distribuir dividendos y llevar a cabo recompras de acciones de forma individual con una cuidadosa evaluación de los planes de capital en el contexto del ciclo normal de supervisión.